Error del MP en acusación deriva en condena de solo cuatro años contra supuesto estilista, según reportes periodísticos

 

     

El Tribunal Tercero de Sentencia Penal explicó que la fiscalía no apeló a tiempo la calificación del delito, lo que impidió aplicar la pena de 20 años que el Ministerio Público buscaba para el acusado.

El Tribunal Tercero de Sentencia Penal condenó a Carlos Josué Aquino Ortiz, señalado de ser parte de una banda de estilistas que operaba en un salón de belleza de un centro comercial de la zona 1, al encontrarlo culpable del delito de robo en forma continuada, de acuerdo con reportes periodísticos.

Según la acusación del Ministerio Público (MP), Aquino habría formado parte de un grupo que retenía a sus víctimas en contra de su voluntad dentro del salón de belleza, para luego obligarlas a realizar transacciones bancarias o sustraerles tarjetas de débito o crédito y retirar dinero de sus cuentas. La fiscalía buscaba que el tribunal impusiera una condena de 20 años de prisión por el delito de robo agravado en concurso real, tras señalar que Aquino habría actuado en contra de dos víctimas.

Sin embargo, según explicó el juez a cargo del caso, al revisar la acusación y los documentos de la carpeta judicial se advirtió que el juez contralor, al enviar a Aquino a juicio, lo había hecho por el delito de robo en forma continuada y no por la calificación que solicitaba el MP. De acuerdo con reportes periodísticos, el juzgador indicó que la fiscalía no apeló esa decisión en su momento, lo que validó lo resuelto originalmente y hacía imposible modificar la calificación del delito en esta etapa del proceso.

Por esa razón, en lugar de acceder a la petición de la fiscalía, el tribunal impuso una pena de cuatro años de prisión inconmutables contra Aquino. Está previsto que el próximo miércoles 26 de agosto se discuta la reparación digna que deberá cumplir como parte de la sentencia.

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